RDL 8/2019 · Vigente desde 2019

RDL 8/2019: el registro de jornada, en lenguaje llano

El Real Decreto-ley 8/2019 es la norma que obliga a registrar la jornada de tu equipo en España. Te resumimos qué dice, qué tienes que guardar y durante cuánto tiempo —sin tecnicismos.

Página informativa · No es asesoramiento legal

App de empleado 'En jornada' junto a un kiosco de fichaje

¿Qué es el RDL 8/2019?

El Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral, introdujo en España la obligación de registrar la jornada diaria de cada persona trabajadora. Está en vigor desde mayo de 2019 y modificó el Estatuto de los Trabajadores para incluir ese deber.

En román paladino: desde 2019, toda empresa tiene que anotar cuándo empieza y cuándo termina de trabajar cada empleado, cada día.

Qué te obliga, punto por punto

  • Registrar el inicio y fin de la jornada de cada trabajador, cada día.
  • Incluir a toda la plantilla, también a quienes teletrabajan.
  • Conservar los registros 4 años.
  • Tenerlos a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección.
  • Organizar y documentar el registro (la forma puede negociarse por convenio o acuerdo de empresa).

¿Quieres el detalle de cómo cumplir cada punto? Lee la guía de control horario o cómo llevar el registro de jornada.

Qué guardar y durante cuánto tiempo

DatoDetalleCon Timu
Hora de inicio y finDe cada empleado, cada díaSe registra al fichar, en un toque
PausasCuando correspondaRegistro de pausas configurable
Plazo de conservación4 añosTodo guardado y exportable
DisponibilidadInmediata ante requerimientoPDF/CSV en un clic

Qué pasa si no se cumple

No registrar la jornada es una infracción grave en materia laboral, con sanciones de hasta 7.500 € por empresa (aplicables por centro de trabajo). Más detalle en sanciones del registro de jornada.

Y mirando adelante: la normativa de fichaje digital de 2026 (en tramitación) reforzaría este estándar exigiendo que el registro sea digital e inalterable. El RDL 8/2019, eso sí, es lo que obliga hoy.

hasta 7.500 €
de sanción por empresa

Preguntas frecuentes sobre el RDL 8/2019

Es el Real Decreto-ley 8/2019, que desde mayo de 2019 obliga a las empresas a registrar la jornada diaria de cada trabajador en España.
Registrar el inicio y fin de la jornada de cada empleado cada día, conservar los registros 4 años y tenerlos a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección.
A todas las empresas, de cualquier tamaño y sector, incluido el personal en teletrabajo.
Sí, está plenamente vigente. La normativa de fichaje digital prevista para 2026 vendría a reforzar este estándar, pero el RDL 8/2019 es lo que obliga hoy.
No registrar la jornada es una infracción grave, con sanciones de hasta 7.500 € por empresa.

Esta página es un resumen orientativo y no constituye asesoramiento legal. Consulta el texto oficial del RDL 8/2019 y, en caso de duda, a un profesional.

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